En relación al artículo en comento, en este blog sobre:
La necesidad de
establecer La negación de dar la cuota alimenticia a los hijos e
hijas como un delito en nuestro código penal. Esta acción podría
ayudar a erradicar problemas sociales como: explotación infantil,
trata de blancas, prostitución, involucramiento de adolecentes en
pandillas, involucramientos de adolecentes en drogas, maternidad
infantil, parricidios, suicidios y otros.
Lo fundamento con la experiencia aprendida en un caso que conocí muy de cerca pues resulta que el padre incumplió la sentencia dada por un juez de familia donde se le mandaba a depositar una cantidad “ x” en concepto de cuota alimenticia, la madre después de varios años de no recibir dicha cuota decide abrir el caso en el mismo juzgado de familia para que dicho juez interviniera, pues convocaron a las partes a audiencia y no hubo conciliación, ya que el padre alegaba las típicas excusas del padre irresponsable de que no doy la cuota porque no tengo trabajo, ni dinero etc. Bueno el caso pasa a la FGR. Y la fiscalía procede pues hay desobediencia judicial de incumplimiento de la cuota alimenticia, e interpone el requerimiento pertinente, el caso ahorita ha pasado a sentencia, pues el padre sigue manteniendo su postura de no puedo dar la cuota, la madre intenta probar de que ha habido dolo de no querer dar la cuota alimenticia y por eso el caso ha llegado a la fase de sentencia, en vista de eso fui a ver a un juez de sentencia para conocer el tipo de resoluciones que daban en esos casos y como son tratados estos casos en la realidad, el juez de sentencia que consulté decía, si se prueba el dolo en este caso se le va a condenar pero se desplaza a la acción civil algo así le entendí, porque no tiene ningún objeto mandarlo a la cárcel porque si se le mete preso no va a poder pagar porque no puede trabajar. Razón que al inicio la encontré lógica y me hizo pensar en analizar mejor mi postura en este articulo que he escrito. Si es cierto si el sujeto va preso no podrá trabajar ni pagar, pero tampoco lo ha hecho estando libre, sin embargo dicho juez me dijo ya con ésta sentencia se puede meter el juicio ejecutivo porque ya fue condenado a una responsabilidad civil. Entonces le respondí quiere decir que al final se hace uso del as instituciones de justicia, en vano porque el tipo vino alegando en todo este proceso primero el de familia y luego el penal de que no tenía trabajo, ni dinero que por eso no había dado la cuota, para venir a terminar en un juicio ejecutivo que al final terminara por no hacerse efectivo porque el tipo no tiene según él forma de pago. Entonces donde está: el principio de interés superior al menor, aquí todo el mundo piensa en que pobrecito el irresponsable si se le mete preso no puede trabajar y no le podemos coartar ese derecho porque automáticamente se está coartando la posibilidad de que consiga el dinero para responderle a su hija e hijo. Nadie ha puesto el interés superior del menor en derecho de primacía que es como debe de ser. Sino la condición irresponsable de el padre, entonces no tiene ninguna lógica luchar por un derecho que al final está siendo puesto en segundo plano y violentado por los mismos aplicadores de justicia. Luego me voy y reflexiono sobre la rapidez con la que la familia o el mismo imputado consigue el dinero para pagarle a un abogado/a cuando se ve en riesgo su libertad, y me dije LOS APLICADORES DE JUSTICIA SON CONDESCENDIENTE CON EL PADRE IRRESONSABLE. Si estos actuaran como la ley lo manda y en vez de presentar la posibilidad de que este responda en una acción civil cuando se sabe que no lo hará… está siendo condescendiente y hasta cómplice, entonces porque no mandarlos presos estoy segura que si eso sucediera el padre irresponsable o madre en algunos casos ni siquiera esperaría a que el caso se siga penalmente, ni a incurrir en un desacato, o que para la tutela de este derecho intervenga la Fiscalía General de la República, esto se resolviera rápido en un Juzgado de Familia, pues HASTA AL DIABLO LE DA MIEDO PERDER LA LIBERTAD. Luego le comente este mismo caso a un ex -juez portorriqueño radicado en Puerto rico y con cuarenta años de experiencia en el ejercicio de la abogacía, con mucho prestigio internacional y conocimiento del derecho, Y él me decía que en Puerto rico, casos como estos son condenados con cárcel, porque a parte que se ha vulnerado derechos a un hijo o hija también se ha incurrido en el delito de desacato y la justicia portorriqueña no perdona los desacatos y me comentaba que es impresionante la rapidez con la que los procesados por ese delito pagan. Por eso la violencia en las familias en puerto rico es menor. Entonces al ver y analizar todo esto concluyo en que aunque algunas personas incluso colegas les parece demasiado radical mi postura frente a este tema, e incluso me han dicho que soy loca por lo que pido que el “No dar la cuota se convierta o establezca esta acción como delito” y no esperar que haya un incumplimiento, sino hacerlo de tajo, estoy segura que habrían mas padres responsables y habría menos injusticia para nuestra niñez y las mujeres. Conozco muchas mujeres que aún sin tener trabajo, ni dinero; a sus hijo/as no les ha faltado nada, por lo tanto creo que si un hombre no da la cuota alimenticia es porque no quiere, y desde ahí ya hay dolo pues las excusas en esta parte para mí no existen, la madre a veces esta en peor posición y procura el alimento para sus hijo/as ¿porque el padre no puede hacer lo mismo? yo creo que si puede hacerlo, pero la misma sociedad ha permitido esa irresponsabilidad y la misma sociedad les justifica su acción de “No doy y No doy”. No podemos seguir actuando con permisividad de la sociedad y las instituciones de justicia frente a la irresponsabilidad paterna y en vez de cumplir con el principio de interés superior del menor; estar tolerando y propagando la irresponsabilidad, si en verdad queremos tener una cultura de padres y madres responsables frente a nuestros hijos e hijas, tenemos que ser radicales y poner una sanción que atemorice al sinvergüenza y lo obligue a cumplir con su responsabilidad, y a los colegas si en verdad creen en la justicia deben de hacer conciencia en su cliente que no es correcto lo que está haciendo…. Por favor colegas pensemos en esos niños y niñas y en esa mujer que está siendo sacrificada doblemente, el buen abogado/a no es bueno por cuanto gane o cuanta riqueza material acumule por sus litis, el buen abogado/a es bueno/a porque tiene principios de justicia. Yo creo en esos abogado/as, por ellos sigo creyendo en esta carrera de la cual podemos hacer mucho bien.